- Un servicio eléctrico dirigido a fomentar el desarrollo integral, orgánico y sostenido del país.
- Asignar carácter estratégico y de servicio público al servicio eléctrico, dada su importancia para el desarrollo nacional, así como para la seguridad y defensa nacional.
- El desarrollo del servicio eléctrico debe realizarse y desarrollarse en función de lo establecido en la Constitución y los planes nacionales de desarrollo. La electricidad es un servicio básico para la prosperidad social y por ende sus objetivos deben estar alineados con los de la sociedad en su conjunto. Es responsabilidad del Estado garantizar dicha alineación.
- Es imprescindible que la equidad y la justicia social, principios estos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se expresen en una justa distribución de la energía entre los habitantes del país, en tal sentido es indiscutible la necesidad de reconocer el derecho a todos los venezolanos a contar con un suministro de energía eléctrica confiable para el desarrollo de las distintas actividades en la cuales deba participar.
- Ampliar la capacidad instalada de generación térmica utilizando todos los combustibles que estén disponibles en el país.
- Ampliar y mejorar la red de transmisión y distribución de energía eléctrica.
- Mejorar la eficiencia y calidad de servicio.
- Las empresas eléctricas en Venezuela deben ser propiedad del Estado.
- Promover la investigación científica y tecnología en electricidad, así como el desarrollo de una industria nacional de equipos materiales eléctricos.
- Las Empresas eléctricas deben integrarse verticalmente a fin de garantizar la eficiencia operacional, optimizar los procesos gerenciales y un uso racional de los recursos energéticos, materiales y humanos.
- El Estado venezolano debe propiciar el uso racional de energía, a los fines de reducir el consumo de combustibles fósiles y así contribuir a la preservación del ambiente.
- Generar espacios y mecanismos formales de participación ciudadana en las decisiones energéticas.